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INFORME ESPECIAL | ANALÍA SANTOS ROMERO

Arbanet: ¿Cómo se liquidan los anticipos?

 A partir del 4º anticipo de 2011, con vencimiento en mayo de 2011, los contribuyentes comprendidos en el sistema de preliquidación Arbanet, deberán informar a ARBA, con carácter de declaración jurada, los datos relativos a la liquidación del anticipo liquidado.

La medida se dio a conocer a través de la Resolución Normativa Nº 24/11.

De esta manera, una vez ingresado a la página web de ARBA, opción ARBANET, a fin de imprimir el volante para el pago del anticipo liquidado por ARBA, el contribuyente deberá informar los siguientes datos, aún cuando no se modifique el impuesto a ingresar liquidado por la Autoridad de Aplicación:

1) El total de ingresos gravados, no gravados y exentos.

2) El total de ingresos gravados de las actividades indicadas por la Agencia de Recaudación.

3) El total de retenciones y percepciones sufridas.

Consecuentemente, a partir de ahora aún cuando el contribuyente acepte la liquidación efectuada por ARBA, deberán demostrar cómo se llega a dicho impuesto a ingresar. Sólo después de informados los datos requeridos por el sistema, el contribuyente podrá imprimir la liquidación del anticipo, con el objeto de efectuar el pago.

Asimismo, se establece que la reducción de los anticipos podrá llevarse a cabo únicamente hasta el último día del mes en el cual opere el vencimiento para el pago del anticipo que se pretende readecuar.

 

 


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