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INFORME ESPECIAL | ANALÍA SANTOS ROMERO
Arbanet:
¿Cómo se liquidan los anticipos?
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A
partir del 4º anticipo de 2011, con vencimiento en
mayo de 2011, los contribuyentes comprendidos en el
sistema de preliquidación Arbanet, deberán informar
a ARBA, con carácter de declaración jurada, los
datos relativos a la liquidación del anticipo
liquidado.
La medida se dio a conocer a través de la Resolución
Normativa Nº 24/11.
De esta manera, una vez ingresado a la página web de
ARBA, opción ARBANET, a fin de imprimir el volante
para el pago del anticipo liquidado por ARBA, el
contribuyente deberá informar los siguientes datos,
aún cuando no se modifique el impuesto a ingresar
liquidado por la Autoridad de Aplicación:
1) El total de ingresos gravados, no gravados y
exentos.
2) El total de ingresos gravados de las actividades
indicadas por la Agencia de Recaudación.
3) El total de retenciones y percepciones sufridas.
Consecuentemente, a partir de ahora aún cuando el
contribuyente acepte la liquidación efectuada por
ARBA, deberán demostrar cómo se llega a dicho
impuesto a ingresar. Sólo después de informados los
datos requeridos por el sistema, el contribuyente
podrá imprimir la liquidación del anticipo, con el
objeto de efectuar el pago.
Asimismo, se establece que la reducción de los
anticipos podrá llevarse a cabo únicamente hasta el
último día del mes en el cual opere el vencimiento
para el pago del anticipo que se pretende readecuar.